ORD_1820_2016

Descripción

ORDENANZA NRO. 1820/2016

VISTO:

Que las Leyes Nacionales Nº 24.624, 25.565 y 25.973; lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal;

Y CONSIDERANDO:

Que por Ley 24.624 de presupuesto nacional, en sus artículos 19 y 20 se estableció un Régimen de Inembargabilidad de Fondos Públicos;

Que por Ley 25.973 se invitó a las Provincias y Municipios adherirse al mismo;

Que por Ley 9.504 la provincia de Córdoba se ha adherido a dicho Régimen de Inembargabilidad de Fondos Públicos;

Que es objetivo central de esta normativa el preservar la normal ejecución presupuestaria, la que podría verse severamente afectada ante la toma de razón de medidas judiciales que se dispongan sobre los ingresos del Estado;

Que en consecuencia, resulta necesario adherirse a la medida dictada por el Gobierno de la Nación;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAMUNICIPALIDAD DE PORTEÑA

SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:

Art. 1º): ADHIERASE la Municipalidad de PorteÑa a las disposiciones establecidas en los Arts. 19º) y 20º) de la Ley Nacional Nº 24.624 y a la Ley Nº 25.973 y sus normas complementarias, concordantes y correlativas.-

Art. 2º): COMUNíQUESE,publíquese,desealRegistro Municipalyarchívese.-

SANCIONADA: En PorteÑa(Cba), a los veintiocho días del mes de abril del aÑo dos mil dieciséis.-

PROMULGADA: Por Decreto Nº 051/2016 de fecha 29 de abril del aÑo dos mil dieciséis.-