ORD_1831_2016

Descripción

ORDENANZA NRO. 1831/2016VISTO:La Ordenanza Nº, 1462/2008,Y CONSIDERANDO:Que dicho cuerpo legal, plantea como objetivosla&ldquo,promocióndel desarrollourbanolocal&rdquo,quetengacomoresultadounalocalidadordenada,equitativa,sustentableeinclusiva,Con relación a estos objetivos planteados, el alcance e interpretación de sus disposicionesno deben excluir la consideración del interés público prevalente en todo lo relativo al ordenamiento y uso del suelo, no pudiendo el Estado, así, limitarse a la simple verificación de los recaudos formales y su adecuación genérica a las normas de los planes urbanísticos o de las construcciones, sino también a verificar si los proyectos atienden en los hechos a las necesidades comunitarias,Consecuentemente, debemos establecer principios jurídicos que garanticen las modalidades específicas del derecho urbanístico, yque a la vez, no menoscaben los intereses de nuestros vecinos, siempre dentro de un marco de legalidad y razonabilidad,Es decir, que si bien junto a la regla general puede coexistir una excepción, esta debe ser razonable y creada sobre datos objetivos susceptibles de ser utilizados a todos quienes se encuentren en la misma situación,Que la presente ordenanza se dicta luego de haber sido escuchados distintos profesionales de la arquitectura e ingeniería de nuestro medio,POR ELLO:EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAMUNICIPALIDAD DE PORTEÑASANCIONA CON FUERZA DEO R D E N A N Z A:Art. 01):APRUéBENSElos Anexos I y II queformanpartede lapresenteOrdenanza.-Art. 02):INCORPóRENSE los Anexos I y II como parte integrante del Plan de Ordenamiento Urbano dePorteÑa.-Art. 03):MODIFíQUESE todolodispuestoen elPlandeOrdenamientoUrbano de PorteÑa que sea contrario a lo establecido en los Anexos I y II delapresenteOrdenanza.-Art.04):COMUNíQUESE,publíquese,desealRegistro Municipalyarchívese.-SANCIONADA: En PorteÑa(Cba), a los diez días del mes de junio del aÑo dos mil dieciséis.-PROMULGADA: Por Decreto N&ordm, 088/2016 de fecha 13 de junio del aÑo dos mil dieciséis.-